El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) informó que aprobó el reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes, así como también precisó las competencias y responsabilidades fiscalizadoras. De este modo, se deja sin efecto el Reglamento de Restaurantes aprobado en el año 2004.
A partir de ahora, el Mincetur y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo solo fiscalizarán los restaurantes que opten voluntariamente por categorizarse u obtener la calificación de “Restaurante Turístico”.
Los mismos tendrán beneficios como ser partícipes del Sistema de Aplicación de Buenas Prácticas y del Programa de Fortalecimientos de Competencias del Mincetur, siendo distinguidos con el Reconocimiento de Buenas Prácticas.
Por otro lado, los restaurantes que no opten por brindar sus servicios categorizados o calificados estarán bajo competencia exclusivamente de los municipios. Ellos vigilarán, entre otros aspectos, el cumplimiento de las normas sanitarias expedidas por el Sector Salud.
“Antes de la entrada en vigencia del nuevo reglamento, los fiscalizadores de los municipios y de los gobiernos regionales, realizaban intervenciones con el mismo objetivo, generando desconcierto en los empresarios”, sostuvo el Mincetur.
“Las nuevas disposiciones permitirán actuar de manera más eficiente en la labor de fiscalización que realizan las entidades públicas. Por otro lado, se han eliminado ciertos requisitos para solicitar la categorización y calificación de turístico, exigencias que resultaban innecesarias, injustificadas y no acordes con la simplificación administrativa”, se agregó desde la cartera ministerial.