Como se conoce, las empresas tienen hasta el 15 de diciembre para pagar las gratificaciones a sus trabajadores, debiendo desembolsar un sueldo ordinario, sumandole el porcentaje de 9% de su sueldo, correspondiente al aporte que normalmente se pagaría a EsSalud, o 6.75% de su sueldo, en caso el trabajador este afiliado a una EPS. Sin embargo, este no es el caso para todos.
De acuerdo a la legislación actual, las empresas pueden fraccionar el pago de la gratificación durante el año. Es decir, incluir este pago extraordinario dentro de los pagos mensuales al trabajador, siempre y cuando la remuneración del trabajador supere las 2 UIT.