
Los servicios satelitales que contrata Telefónica con proveedores no domiciliados están gravados con el Impuesto a la Renta establece el Poder Judicial.
El Poder Judicial emitió una nueva sentencia a favor de Sunat en la disputa que sigue con Telefónica del Perú, por la retención del Impuesto a la Renta (IR) que debe los servicios satelitales que contrata con empresas no domiciliadas en el Perú.
La Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República (Casación N° 15664-2014 Lima), declaró fundada la demanda de la Sunat contra Telefónica del Perú por un monto que se estima en S/ 30 millones.
Votaron a favor de la Sunat los magistrados Ulises Yaya Zumaeta, Carlos Arias Lazarte, Pedro Cartolin Pastor y Omar Toledo Toribio. Votaron a favor de Telefónica del Perú S.A.A. los magistrados Julio Wong Abad y Ramiro Bustamante Zegarra.
Esta es la segunda vez en la cual la Corte Suprema de Justicia otorga la razón a la Sunat en los litigios que mantiene con Telefónica sobre las retenciones en el servicio satelital antes lo hizo en la Casación N° 474-2008 Lima.