EQUIPOS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS
PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS
La protección activa contra incendios es el conjunto de medios, equipos y sistemas instalados para alertar sobre un incendio e impedir que éste se propague evitando las pérdidas y daños producidos por el fuego.
Comprende los elementos que permiten mantener el control de la situación de manera directa. La protección activa representa todos los sistemas de detección y extinción de incendios, como detectores de humo, rociadores, extintores, etc. Por lo tanto, la protección activa está destinada a advertir a los usuarios de un incendio y actuar sobre él a través de una intervención que puede ser tanto automática como humana.
En protección activa contra incendios encontramos tres categorías:
1. Detección: El fuego se detecta mediante la colocación de detectores de humo, llamas y calor. Gracias a la señal enviada por los detectores se puede poner en marcha el protocolo de evacuación de emergencia.
2. Supresión del fuego: Incluye todos los procesos y actividades enfocados a apagar el fuego por una acción directa.
3. Ventilación mecánica: Incluye todos los procesos y actividades enfocados a mantener libres de humo las rutas de evacuación y otras zonas específicas mediante el uso de ventiladores mecánicos resistentes al fuego.



SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DENOMINADAS ACTIVAS
1. SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMAS DE INCENDIOS
Los sistemas de detección y alarma de incendios son fundamentales en la protección contra incendios, alertar de manera temprana a los ocupantes y reducir las consecuencias devastadoras de un incendio sobre vidas y propiedades. El equipo básico de un sistema de detección consta de una central de incendios, detectores según tipo de riesgo, pulsadores de alarma, sirenas interiores y exteriores óptico acústicas. El sistema de detección se activa automáticamente por los detectores, o también manualmente por los pulsadores. Y en caso de incendio transmite una señal al sistema de comunicación de alarma, a los sistemas de extinción y a diversos sistemas (compuertas, extracción de humos, climatización, procesos de fabricación, cintas transportadoras, etc.).

RNE A.130 CAPITULO IV SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS
Artículo 52.- La instalación de dispositivos de Detección y Alarma de incendios tiene como finalidad principal, indicar y advertir las condiciones anormales, convocar el auxilio adecuado y controlar las facilidades de los ocupantes para reforzar la protección de la vida humana.
La Detección y Alarma se realiza con dispositivos que identifican la presencia de calor o humo y a través, de una señal perceptible en todo el edificio protegida por esta señal, que permite el conocimiento de la existencia de una emergencia por parte de los ocupantes.
Artículo 53.- Todas las edificaciones que deban ser protegidas con un sistema de detección y alarma de incendios, deberán cumplir con lo indicado en esta Norma y en el estándar NFPA 72 en lo referente a diseño, instalación, pruebas y mantenimiento.

Artículo 56.- Los sistemas de detección y alarma de incendios, deberán interconectarse de manera de controlar, monitorear o supervisar a otros sistemas de protección contra incendios o protección a la vida como son:
a) Dispositivos de detección de incendios
b) Dispositivos de alarma de incendios
c) Detectores de funcionamiento de sistemas de extinción de incendios.
d) Monitoreo de funcionamiento de sistemas de extinción de incendios.
e) Válvulas de la red de agua contra incendios.
f) Bomba de agua contra incendios.
g) Control de ascensores para uso de bomberos
h) Desactivación de ascensores
i) Sistemas de presurización de escaleras.
j) Sistemas de administración de humos
k) Liberación de puertas de evacuación
l) Activación de sistemas de extinción de incendios.



2. HIDRANTES CONTRA INCENDIOS
Los hidrantes son equipos que descargan abundante caudal de agua y que requieren cierta presión que difícilmente garantiza la red de agua. Por ello en muchas industrias es necesaria la instalación de un sistema de abastecimiento de agua. Se trata de conexión a la red de distribución de agua, empleados por el servicio de extinción para atacar directamente el incendio o para abastecer al vehículo contra incendios dotado de un equipo de bombeo.
Estos sistemas deben estar situados en lugares fácilmente accesibles, fuera de espacios destinados a la circulación y estacionamiento de vehículos y debidamente señalizados.
RNE A.130 SUBCAPITULO V HIDRANTES
Artículo 131.- Los Hidrantes de Vía Publica deben ser solamente abastecidos por el sistema de agua de servicio público.
No es permitida la instalación de hidrantes abastecidos desde una red privada interna y que se encuentren conectados a la misma bomba y reserva del sistema de agua contra incendio, salvo en actividades mineras y petroleras, donde no exista Cuerpo de Bomberos y el caudal demandante por hidrantes haya sido considerado, en adición al requerimiento de agua del sistema que abastece la red de agua contra incendio.
Artículo 132.- Los hidrantes deben ser instalados preferiblemente en las esquinas de las calles, con las bocas de salida ubicadas hacia la pista, en donde se estacionará el camión contra incendios.
La válvula de sectorización deberá ubicarse a una distancia no mayor de 1.00 m. No es permitido el uso de válvulas indicadoras de poste (PIV) como válvulas de sectorización.
Artículo 133.- Los hidrantes deben ser instalados con una distancia no mayor de 100 metros entre ellos, y pueden instalarse hidrantes intermedios si el sistema así lo requiere. Solo en áreas clasificadas como residenciales con viviendas o edificios residenciales.
