“Contribuyentes tendrán que guardar todos sus comprobantes de pago electrónicos que generen, lo cual podría resultar una tarea engorrosa y demandante para el trabajador”, dijo Manuel Rivera de EY Perú.
El Ejecutivo estableció deducciones de hasta un 15% para los trabajadores afectos a rentas de cuarta y quinta categoría , incluyéndose nuevos conceptos, como los gastos en bares, hoteles, entre otros . La medida entrará en vigencia a partir de enero del 2019.
A finales de 2016, el Poder Ejecutivo aprobó una serie de modificaciones al pago del Impuesto a la Renta (IR) para trabajadores independientes (cuarta categoría) y dependientes (quinta categoría).
Con esas modificaciones se les dio la opción de deducir los gastos por concepto de arrendamiento de inmuebles, intereses de créditos hipotecarios, aportaciones de EsSalud de trabajadores del hogar o gastos por tomar servicios profesionales de médicos, odontólogos, entre otros.
Ahora, también podrán deducir el 15% de sus gastos realizados en bares, hoteles y restaurantes.
“Las personas naturales podrán recuperar parte de sus gastos en estos establecimientos, siempre y cuando estos gastos incurridos con comprobantes de pagos electrónicos sean plasmados en la declaración jurada anual del IR”, señaló Manuel Rivera, socio de Impuestos en EY Perú.
Para entender de manera concreta esta nueva disposición y que el consumidor sepa qué debe presentar o cómo realizar el procedimiento, EY Perú dio a conocer los principales aspectos que debes conocer sobre este tema:
