
La Corte Suprema de Justicia de la República delimitó los casos de daño moral que se pueden producir en el cese o despido de un trabajador.
Fue mediante la sentencia recaída en la Casación N° 4385-2015-Huancavelica, emitida por la Sala Civil Transitoria de la máxima instancia judicial, que declara infundado el recurso interpuesto en el marco de un proceso de indemnización por daños y perjuicios.