OTROS SERVICIOS:
Habilitación Urbana
¿QUE ES UNA LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA?
El procedimiento de transformar un terreno rústico o eriazo en urbano se le llama ‘habilitación urbana’. Dicho procedimiento administrativo otorga al propietario de un terreno habilitar y dotar una zona urbana con servicios básicos como agua, luz, desagüe y también con servicios domiciliarios como pistas, veredas e infraestructura vial.
TIPOS DE HABILITACIONES URBANAS, EN FUNCIÓN A LA ZONIFICACIÓN ASIGNADA, SEGÚN EL NUEVO REGLAMENTO DE EDIFICACIONES (RNE)
La norma reconoce y regula los tipos y clases de habilitaciones:
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RESIDENCIALES: conforme al artículo de la norma TH.010 se clasifican en:
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para uso de vivienda y urbanizaciones.
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para uso de vivienda taller.
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para uso de vivienda tipo club.
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construcción urbana especial.
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COMERCIALES: conforme al artículo 2 de la norma TH.020 se clasifican en:
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comercio exclusivo.
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comercio y otros usos.
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INDUSTRIALES: conforme a los artículos 2 y 4 de la norma TH.030 pueden ser hasta 4 tipos, según el tipo de industria: industria elemental, industria liviana, gran industria e industria pesada.
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USOS ESPECIALES: conforme a los artículos 5 y 6 de la norma TH.040. pueden ser de acuerdo a su finalidad (escenarios deportivos, locales recreativos o campos feriales) y de acuerdo al tipo de obras de hasta 4 tipos: A, B, C y D.
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RIBERAS Y LADERAS.
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REURBANIZACIÓN.
¿CUALES SON LOS REQUISITOS?
Los documentos que se presentan con el expediente tienen la condición de declaración jurada, por lo que el servidor a cargo solo debe verificar que estén conforme a lo establecido en el TUPA. De ser conforme, se asigna un número, se sella y firma el Formulario Único de Edificaciones (FUE) y se folia cada uno de los documentos, tanto los originales como copias.
a) Formulario Único, debidamente suscrito por el solicitante y los profesionales responsables.
b) Copia literal de dominio, expedida por el Registro de Predios, en original y copia.
c) En el caso que el solicitante de la habilitación urbana no sea el propietario del predio, además deberá presentar la documentación que acredite que cuenta con derecho a habilitar y de ser el caso a edificar.
d) En el caso que el solicitante sea una persona jurídica se acompañará vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas.
e) Certificado de zonificación y vías.
f) Certificado de factibilidad de servicios de agua, alcantarillado y de energía eléctrica, el mismo que será acreditado con los documentos que otorguen, para dicho fin, las empresas privadas o entidades públicas prestadoras de dichos servicios.
g) Declaración jurada de inexistencia de feudatarios.
h) Documentación técnica compuesta por plano de ubicación y localización del terreno; plano perimétrico y topográfico; plano de trazado y lotización; plano de ornamentación de parques, cuando se requiera; y memoria descriptiva. Esta deberá ser presentada en original y una copia impresa, firmados por el profesional responsable del diseño, mas una copia digital.
i) Boletas de habilitación de los profesionales que suscriben la documentación técnica señalada en el literal h.
j) Planeamiento integral, en los casos que se requiera de acuerdo con el Reglamento Nacional de Edificaciones.
k) Estudio de Impacto Ambiental, en los casos que se requiera de acuerdo con el Reglamento Nacional de Edificaciones.
l) Certificado de inexistencia de restos arqueológicos, en aquellos casos en que el perímetro del área a habilitar se superponga con un área previamente declarada como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.
m) Informe técnico favorable emitido por los Revisores Urbanos para la Modalidad C o dictamen de la Comisión Técnica para las Modalidades C y D, según corresponda.
n) Comprobante de pago de licencia de habilitación urbana.
Recepción de Obra
¿QUE ES UNA RECEPCIÓN DE OBRA DE UNA HABILITACIÓN URBANA?
Debemos entender por recepción de obras a la etapa, dentro del proceso de habilitación urbana, en la que se acredita la finalización del saneamiento físico de todo el proyecto de urbanización, así como el acto mediante el cual se acredita el pago de los aportes reglamentarios.
La recepción de obras de habilitación urbana implica la conformidad municipal de que estas se han ejecutado conforme al proyecto o en el caso que se hayan efectuado modificaciones, se adecuen a la normativa de zonificación vigente respecto del proceso de habilitación urbana, por la cual se verifica la ejecución correcta de las obras como: redes de agua potable, alcantarillado, electrificación, pavimentación de calzadas, aceras y ornamentación de parques después que las reparticiones correspondientes hubieran ejercido el control de ejecución que a cada una le corresponda y se haya otorgado la conformidad final.
Este procedimiento tiene por finalidad individualizar registralmente los lotes que conforman la habilitación urbana con el fin de ser vendidos, enajenados o adjudicados.
¿CUALES SON LOS REQUISITOS?
Visación de Planos
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